Un error que veo repetirse en plantas con recipientes de clase 3: asumir que el nivel B de inspección periódica lo puede firmar siempre el inspector propio de la instalación.
El Reglamento de equipos a presión (RD 809/2021) fija la periodicidad y el agente competente según la clase del recipiente. Para clase 3, el nivel A corresponde al inspector propio cada seis años y el nivel B, también al inspector propio, cada diez años. Hasta aquí, la lectura habitual es correcta.
Lo que se pierde en esa lectura es la excepción: si el recipiente está clasificado como equipo especial, el nivel B deja de estar en manos del inspector propio y pasa a exigir un Organismo de Control. La tabla del reglamento lo marca con una nota a pie, fácil de saltarse cuando se revisa la periodicidad por encima.
La consecuencia no es menor. Una inspección de nivel B firmada por quien no correspondía no vale como inspección periódica, y eso obliga a repetirla, con la parada de planta que ya se había dado por cerrada.
Antes de programar la próxima inspección de nivel B en un recipiente clase 3, conviene confirmar primero si el equipo entra en la definición de especial. Esa comprobación se hace una vez y evita repetirla dos.
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